El Servicio de Administración Tributaria (SAT) informó que el Comprobante Fiscal por Internet (CFDI) en su versión 4.0 tendrá una prórroga adicional a la ya establecida que finalizaba el 31 de diciembre de 2022.

Ahora, en la comunicación del SAT el periodo se extiende hasta el 1 de abril de 2023 para aquellas personas que emitan comprobantes fiscales de nómina y puedan cumplir con los requisitos previstos en las disposiciones fiscales del CFDI 4.0.

Como vimos en nuestro blog sobre CFDI 4.0 se incorpora información nueva en las facturas por parte del emisor y del receptor, principalmente:

  • El campo “Nombre denominación o razón social del receptor” es un campo obligatorio.
  • Incorporan los campos “Régimen fiscal del receptor” y “Domicilio fiscal del receptor”, los cuales son de uso obligatorio.
  • Se agrega el campo “Exportación”, donde deberá señalarse si el comprobante corresponde a una operación de exportación definitiva o temporal.
  • También los campos “Periodicidad”, “Meses” y “Año”, para efectos de la emisión de las facturas globales.
  • Se adiciona el elemento A Cuenta Terceros, el cual sustituye al “Complemento Concepto Por Cuenta de Terceros”
  • Se agrega el campo “Objeto del impuesto”

También complemento Carta Porte

En una comunicación similar, el SAT ha extendido el mismo plazo a las empresas de transporte y traslado de mercancías que se encuentran obligados a expedir el Complemento Carta Porte, hasta el 1 de agosto de 2023.

Como vimos en nuestro blog sobre el complemento Carta Porte, el plazo evita que los transportistas y empresas que emiten estas facturas de traslado tengan consecuencias negativas al no contar con este complemento, y el plazo nuevo aplica específicamente para la emisión de sanciones.

Esto quiere decir que si tu empresa se dedica al traslado de mercancías, es imperativo comenzar con la utilización del complemento carta porte lo antes posible, con el fin de evitar afectaciones o lo más grave, la cancelación del CFDI que impida generar facturas y por lo tanto, paralizar las operaciones de la empresa.

Se amplia también el plazo para la obtención de e.firma para RESICO

De igual manera se extiende el plazo para los contribuyentes inscritos en el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) puedan tramitar su e.firma puedan contar con este requisito y acceder a los beneficios fiscales de esta figura en el plazo de 31 de marzo de 2023.

No esperes hasta el último día de los nuevos plazos del SAT para la emisión del CFDI 4.0

La recomendación de los expertos de Contabilidad de Lofton es transitar a estos nuevos cambios a la brevedad, con la finalidad de que las omisiones de información puedan ser detectadas a tiempo y en su caso corregirlas.

Recordemos que estos plazos son tendrán efectos en unos meses y aplica sobre todo en el cumplimiento de obligaciones fiscales. Lo que la autoridad hacendaria está haciendo es permitir una transición más ordenada y evitar afectaciones a los contribuyentes, sin embargo, una vez vencidos los plazos se tendrá que aplicar la legislación fiscal pertinente, en las cuales el SAT estará facultado para emitir sanciones en caso de incumplimiento. Si tienes alguna duda o requieres alguna estrategia de implementación del CFDI de nómina 4.0 o el complemento carta porte, con gusto podemos apoyarte y brindarte las mejores estrategias de cumplimiento.